En los últimos años, lamentablemente
con mayor frecuencia, la tranquilidad de muchos hogares se ha visto alterada
por la constante emisión de ruidos no deseados que perjudican la salud de sus
habitantes. Las causas de estos son, principalmente, las obras en construcción,
el funcionamiento de maquinarias pesadas, la música a alto volumen, entre otros
factores generadores de molestias.
En efecto, ruidos molestos como los
citados causan contaminación sonora. Así, además de perturbar los tiempos de
sueño o reposo de los ciudadanos que habitan cerca de los puntos de emisión,
afectan la capacidad auditiva, las conversaciones cotidianas, la salud mental y
el rendimiento físico, entre otras consecuencias como las señaladas por la
Organización Mundial de la Salud (OMS).
La problemática no es ajena a la
Defensoría del Pueblo, que –a la fecha– ha atendido un gran número de consultas
sobre este tipo de casos. Al respecto, Rocío Espinoza, encargada del Centro de
Atención Virtual, recomienda que, frente a estas situaciones, los vecinos
pueden presentar una queja ante el gobierno local de la zona donde se producen
los ruidos molestos, y solicitar la visita de un personal fiscalizador. Para
mayores referencias, resulta pertinente precisar datos como los horarios de
emisión y la aparente fuente de los ruidos.
El personal municipal deberá acudir
portando un equipo para la medición de ruido, llamado sonómetro o
decibelímetro, el cual debe estar calibrado y certificado por el Instituto
Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad
Intelectual (Indecopi) o entidades autorizadas por esta institución. Esta
entidad, para favorecer su consulta, publica el listado de sonómetros
calibrados en su portal web.
Es pertinente resaltar que, durante
la fiscalización que efectúe el personal edil competente, se tomará en cuenta
la zona en la que está ubicado el domicilio del ciudadano denunciante, el nivel
máximo de decibeles permitido y los horarios de emisión de los ruidos ─diurno y
nocturno─, según lo dispone el Reglamento de Estándares Nacionales de
Calidad Ambiental para Ruido.
En ese marco, si los ruidos molestos
superan los valores máximos establecidos según zona y horario, el fiscalizador
notificará al responsable de la fuente emisora los resultados de la inspección
y, posteriormente, la municipalidad provincial o distrital emitirá una
resolución con las sanciones y medidas correspondientes para proteger la
tranquilidad de los vecinos.
En cambio, si los ruidos emitidos no
superaran los valores establecidos, pero –por el tipo, duración y persistencia
de estos ocasionan igualmente daños en la salud o en la tranquilidad– la
municipalidad involucrada también puede establecer disposiciones especiales
para controlarlos y, así, evitar lamentables perjuicios en los ciudadanos que
habitan cerca de la fuente.
Recuerde que si no recibe respuesta a
su queja o los ruidos molestos continúan, a pesar de la fiscalización y
sanción, puede acudir a las oficinas de la Defensoría del Pueblo a nivel
nacional o, si así lo prefiere, contactarnos a través del correo electrónico
consulta@defensoria.gob.pe. No olvide alcanzarnos la copia del cargo del
documento enviado al gobierno local o de la resolución municipal que se hubiese
emitido ante su denuncia.

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