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jueves, 29 de septiembre de 2016
LA POBLACIÓN DE TAHUANTINSUYO EXIGE CALIDAD EN LOS SERVICIOS BASICOS QUE RECIBE
A través de la Asociación de
Propietarios de la Urbanización
Tahuantinsuyo “APUT”, se está reclamando a los diversos organismos que
brindan los servicios básicos: Agua, Gas, Espacios Públicos y próximamente la
Energía Eléctrica Domestica.
1. SEDAPAL: Problemas
con sus medidores de agua, abastecimiento de agua en las cuatro zonas las 24
horas continuas, etc….
2. CALIDDA:
Devolución del pago para la instalación del gas doméstico, sin haber aplicado
el subsidio FISE.
3. ESPACIOS PUBLICOS: Mejoramiento en su infraestructura para el disfrute de los vecinos como
área recreativa pública.
4. ENERGIA ELECTRICA: El cobro del consumo de energía eléctrica deberá estar basada en soles,
y no como actualmente se hace, en base al tipo de cambio del dólar.
Son cuatro frentes de lucha que está
encaminada a realizar a través de las comisiones para cada frente, en
representación de los vecinos de Tahuantinsuyo. Esperemos se sumen más vecinos
a estas comisiones para sumar esfuerzos y lograr dar solución a dichos
reclamos.
miércoles, 28 de septiembre de 2016
LA ASOCIACIÓN DE PROPIETARIOS DE LA URBANIZACIÓN TAHUANTINSUYO, VISITA LOS MERCADOS DE TAHUANTINSUYO Y TUPAC AMARU PARA INFORMAR EL ARCHIVAMIENTO DEL PROYECTO INMOBILIARIO COMERCIAL YA NO SE REALIZARA EN LA ALAMEDA DE LOS INCAS
LA PRESIDENTA DEL MERCADO "LOS INCAS" RECIBE LA VISITA DE LA COMISIÓN DE LA ASOCIACIÓN DE PROPIETARIOS DE LA URBANIZACIÓN TAHUANTINSUYO, COMUNICANDO A LOS VECINOS DE LA PRIMERA ZONA, SOBRE EL ARCHIVAMIENTO DEFINITIVO DE LA INICIATIVA PRIVADA A DESARROLLAR EN LA ALAMEDA DE LOS INCAS,
LA PRESIDENTA DEL MERCADO "CENTRAL DE TAHUANTINSUYO" RECIBE LA VISITA DE LA COMISIÓN DE LA ASOCIACIÓN DE PROPIETARIOS DE LA URBANIZACIÓN TAHUANTINSUYO, COMUNICANDO A LOS VECINOS DE LA PRIMERA ZONA, SOBRE EL ARCHIVAMIENTO DEFINITIVO DE LA INICIATIVA PRIVADA A DESARROLLAR EN LA ALAMEDA DE LOS INCAS
LA PRESIDENTA DEL MERCADO "CENTRAL DE TAHUANTINSUYO" RECIBE LA VISITA DE LA COMISIÓN DE LA ASOCIACIÓN DE PROPIETARIOS DE LA URBANIZACIÓN TAHUANTINSUYO, COMUNICANDO A LOS VECINOS DE LA PRIMERA ZONA, SOBRE EL ARCHIVAMIENTO DEFINITIVO DE LA INICIATIVA PRIVADA A DESARROLLAR EN LA ALAMEDA DE LOS INCAS
EXPOSICIÓN DE LA INICIATIVA PRIVADA "NEW LIFE INDEPENDENCIA" EN LA SESIÓN DE CONSEJO DE LA MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA
INFORMES DE LAS GERENCIAS DE LA MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA DE LA VIABILIDAD DE LA INICIATIVA PRIVADA "NEW LIFE INDEPENDENCIA " A DESARROLLAR EN LA "ALAMEDA DE LOS INCAS"
VECINOS DE DE LA URBANIZACIÓN POPULAR TAHUANTINSUYO PRESENTES EN LA SESIÓN DE CONSEJO DE LA MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA, VIENDO EL PUNTO A TRATAR EN LA AGENDA LA APROBACIÓN DE LA INICIATIVA PRIVADA "NEW LIFE INDEPENDENCIA
POR UNANIMIDAD LOS REGIDORES DE LA MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA VOTARON PARA ARCHIVARSE DEFINITIVAMENTE LA INICIATIVA PRIVADA "NEW LIFE INDEPENDENCIA"
LA COMISIÓN DE LA ASOCIACIÓN DE PROPIETARIOS DE LA URBANIZACIÓN TAHUANTINSUYO, VISITA LOS MERCADOS DE TUPAC AMARU, PARA INFORMAR A LOS VECINOS , SOBRE EL ARCHIVAMIENTO DEFINITIVO DE LA INICIATIVA PRIVADA A DESARROLLAR EN LA ALAMEDA DE LOS INCAS
LA COMISIÓN DE LA ASOCIACIÓN DE PROPIETARIOS DE LA URBANIZACIÓN TAHUANTINSUYO, VISITA LOS MERCADOS DE TUPAC AMARU, PARA INFORMAR A LOS VECINOS , SOBRE EL ARCHIVAMIENTO DEFINITIVO DE LA INICIATIVA PRIVADA A DESARROLLAR EN LA ALAMEDA DE LOS INCAS
EX DIRECTIVOS DEL MERCADO "CENTRAL DE TUPAC AMARU" RECIBEN LA VISITA DE LA COMISIÓN DE LA ASOCIACIÓN DE PROPIETARIOS DE LA URBANIZACIÓN TAHUANTINSUYO, COMUNICANDO A LOS VECINOS DE LA PRIMERA ZONA, SOBRE EL ARCHIVAMIENTO DEFINITIVO DE LA INICIATIVA PRIVADA A DESARROLLAR EN LA ALAMEDA DE LOS INCAS
INTEGRANTES DE LA COMISIÓN PARA LA DEFENSA DE LA ALAMEDA DE LOS INCAS, DE LA ASOCIACIÓN DE PROPIETARIOS DE LA URBANIZACIÓN TAHUANTINSUYO "APUT"
INTEGRANTES DE LA COMISIÓN PARA LA DEFENSA DE LA ALAMEDA DE LOS INCAS, DE LA ASOCIACIÓN DE PROPIETARIOS DE LA URBANIZACIÓN TAHUANTINSUYO "APUT"
COMUNICADO ENTREGADO A LA COMISIÓN DE ASOCIACIÓN DE PROPIETARIOS PARA LA DEFENSA DE LA ALAMEDA DE LOS INCAS: “SE DESESTIMA LA INICIATIVA PRIVADA NEW LIFE INDEPENDENCIA”
Los integrantes de la Comisión de la
Asociación de Propietarios de la Urbanización Tahuantinsuyo “APUT”, para la
Defensa de la Alameda de los Incas, estuvo desde la 6 de mañana, para hacer su
ingreso, a la Sesión Ordinaria, donde se decidiría si se continua con la
Iniciativa Privada denominada “NEW LIFE INDEPENDENCIA”, a desarrollarse en la
Alameda de los Incas, de la Urbanización Tahuantinsuyo, Distrito Independencia.
La Sesión Ordinaria del Consejo
Municipal de Independencia, se llevó a cabo esta mañana, miércoles 28 de
Setiembre 2016, donde los regidores de Independencia en voto unánime desestimaron
la Declaratoria de Interés respecto a la Iniciativa Privada, quedando archivada
definitivamente, sin posibilidad de impugnar el pronunciamiento en sede
administrativa o judicial de parte de las empresas LAR Desarrollos
Inmobiliarios S.A.C. y 3BL S.A.C.
CON VOTOS DE TODOS LOS REGIDORES DE INDEPENDENCIA, QUEDO ARCHIVADO EL PROYECTO “NEW LIFE INDEPENDENCIA"
El Consejo Municipal de
Independencia, en Sesión Ordinaria llevada a cabo esta mañana, decidió
desestimar la Declaratoria de interés respecto a la Iniciativa Privada denomina
“New Life Independencia”, propuesta
por el Consorcio GRUPO LAR 3BL S.A.C. constituido por las empresas LAR
desarrollos Inmobiliarios S.A.C. y 3BL S.A.C.
Dicha solicitud tiene carácter de
peticiones de gracia; por lo que en este caso, el derecho del proponente se
agota con la declaración del Consejo Municipal, sin posibilidad de impugnar el
pronunciamiento en sede administrativa o judicial.
En consecuencia; con el acuerdo del
Consejo Municipal de Independencia, se agota el trámite de la solicitud del
Consorcio Proponente y el expediente que contiene la INICIATIVA PRIVADA “NEW LIFE INDEPENDENCIA”, queda archivado definitivamente.
sábado, 24 de septiembre de 2016
ALCALDE DE LA MOLINA DEJA SIN EFECTO CAMBIO DE ZONIFICACIÓN UN EJEMPLO QUE DEBERIAN SEGUIR LOS DEMAS ALCALDES DE ESCUCHAR A SUS VECINOS
hhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhh
ALCALDE DE LA MOLINA DEJA SIN EFECTO
CAMBIO DE ZONIFICACIÓN UN EJEMPLO QUE DEBERIAN SEGUIR LOS DEMAS ALCALDES DE
ESCUCHAR A SUS VECINOS
Ante las protestas de los vecinos de La Molina por el anuncio
de un cambio en la zonificación del distrito, el alcalde Juan Carlos Zurek
declinó en su intento por llevar a cabo este proyecto.
Aseguró que la ola de críticas generadas hacia este proyecto
se debe a las malas intenciones de ex y futuros candidatos a la alcaldía, que
buscan desprestigiar su imagen
De otro lado, anunció que muy pronto se dará inicio a tres
importantes obras viales que permitirá mejorar el tránsito en La Molina.
martes, 20 de septiembre de 2016
HOY MARTES 20 SE REALIZAO EL PLANTÓN CIUDADANO DE USUARIOS DEL GAS NATURAL DE LIMA, CONTRA LA ESTAFA DE CALIDDA
Esta mañana desde las 9:00 am. se
realizo un Plantón Ciudadano organizado por la Coordinadora Metropolitana de
Usuarios del Gas Natural de Lima, contra la estafa de CALIDDA en los precios de
conexión que está afectando a decenas de miles de usuarios y para exigir que el
Ministerio de Energía y Minas aplique el precio promocional aprobado por
Decreto Supremo.
PEDIMOS SE APLIQUE EL DS. 012-2016-EM QUE SEÑALA QUE SE DEBEN CUMPLIR CON LOS PRECIOS PROMOCIONALES Y SUBSIDIOS PARA LA MASIFICACIÓN DEL GAS NATURAL DOMICILIARIO
Ahora la Coordinadora de Usuarios del
Gas Natural está reunida con el presidente de la Comisión de Energía y Minas.
Los afectados por las estafas de CALIDDA de decenas de distritos exponen sus casos
y exigen soluciones.
La Coordinadora Metropolitana de
Usuarios del Gas Natural, convocó a un Plantón Ciudadano frente al Congreso de
la República, exigiendo que actue para que la empresa CALIDDA devuelva el
dinero producto de la estafa con los altos costos de instalación y que se
cumpla con el DS. 012-2016-EM que señala que se deben cumplir con los Precios
Promocionales y subsidios para la masificación del gas natural domiciliario.
USUARIOS DEL GAS NATURAL DENUNCIAN ESTAFAS DE CALIDDA ANTE EL CONGRESO
Cientos de ciudadanos de diferentes
distritos de Lima acudieron al Congreso de la República, al Plantón que convocó
la Coordinadora de Usuarios del Gas Natural, exigiendo que se cumpla los
subsidios por estratos socioeconómicos aprobado por el Decreto Supremo 012-2016
del Ministerio de Energía y Minas.
Los cientos de manifestantes
denunciaron que decenas de miles de usuarios han firmado contratos abusivos con
la empresa CALIDDA por un monto de 1990 soles, siendo estafados por esa empresa
ya que ese monto no incluye los costos promocionales aprobados por OSINERGMIN y
el MINEM.
Es por eso que cansados de esperar la
respuesta del ministro Tamayo quien aún no da solución a las más de 12 mil
solicitudes de reclamo por la situación generada por CALIDDA, los usuarios
anunciaron que preparan una movilización metropolitana con los usuarios
afectados por las estafas.
Estos usuarios firmaron
contratos con la colombiana CALIDDA por
el monto de 1990 soles por un punto de gas instalado en sus hogares, lo que
significa altos costos por la instalación domiciliaria sin el subsidio
correspondiente.
Esta situación deja a miles de
usuarios con un tratamiento injusto respecto a los que firmaron contratos con CALIDDA
hasta junio de 2014 en que todos pagaban la suma de 960 soles; y a partir de
setiembre de este año se beneficiaran con el subsidio a través del Fondo de
Inclusión Social Energética FISE, esto subsidio significa reducción el costo de
las instalaciones internas en 100% para los estratos bajos, de un 75% para
estratos medio bajos y un 50% para los estratos medios.
A pedido del congresista Manuel
Dammert, el presidente de la Comisión de Energía y Minas, congresista Armando Villanueva, recibió a una
comitiva de los manifestantes y se comprometió a dar viabilidad al reclamo
planteado por la Coordinadora y de ser necesario citar al ministro de Energía y
Minas para que explique las medidas que tomará su sector.
SRS. DE CALIDDA DEVUELVAN EL DINERO A LAS DECENAS DE MILES DE USUARIOS ESTAFADOS
Inicia el Plantón Ciudadano contra
las estafas de CALIDDA en los costos del Gas Natural y para que el Ministerio
de Energía y Minas actúe para que CALIDDA devuelva el dinero a las decenas de
miles de usuarios estafados.
lunes, 19 de septiembre de 2016
¿INQUILINOS MOROSOS? CONOCE LA NUEVA LEY QUE DEFIENDE A PROPIETARIOS
¿Sabías que en mayo del presente año
se aprobó una ley que defiende a los propietarios de los inquilinos morosos?
La Ley 30210, que fue publicada en
“El Peruano” el 28 de mayo, establece que el plazo de 15 días para dejar el
inmueble será efectivo solo si los contratos de alquiler por escrito, contienen
una cláusula de allanamiento futuro del arrendatario y son, además, legalizados
ante un notario o un juez de paz (en los lugares donde no haya notario). Algo
que no está tan presente en las costumbres de la gente.
Es este sentido, es de vital
importancia tener en cuenta que, para que esta nueva ley realmente sea
efectiva, el propietario debe asegurarse de que en su contrato figuren todas
las cláusulas que se exige.
Con la Ley 30210, Los arrendadores
pueden solicitar el desalojo de los inquilinos morosos que hayan acumulado una
deuda de tres meses o que se les haya vencido el contrato de alquiler, en un
plazo de 15 días.
Esta ley beneficia a los
propietarios, ya que se estaría evitando trámites judiciales que podrían durar
hasta tres años para el desalojo.
Así que si tienes en mente alquilar
tu propiedad, ten en cuenta que esta nueva ley, además de las siguientes
recomendaciones que te ayudarán a evitar estafas, la pérdida de tu dinero y
problemas con los inquilinos:
A tener en cuenta:
1.Pide garantía: Si vas a alquilar
una casa o departamento, pide mínimo 2 meses de garantía. En el caso de locales
comerciales pide como mínimo 6 meses de garantía.
2.Investiga: Consulta en las
centrales de riesgo sobre el récord crediticio de tu potencial inquilino.
Puedes entrar a esta web para consultar sobre inquilinos morosos:
inquilinosmorosos.com
3.Todo en papel: El contrato es lo
más importante a la hora de alquilar un inmueble. Debe ir la firma de ambos,
arrendador y arrendatario. En este documento debes detallar el estado en el que
estás entregando tu inmueble y establecer cómo debe ser devuelto.
4.Permisos: Para evitar multas, en
caso de que el inquilino utilizase el inmueble como negocio, debe solicitar
todos los permisos necesarios en el municipio correspondiente.
5.Pagos registrados. Lo mejor es que
abras una cuenta en un banco para que el inquilino te deposite el pago de cada
mes. Esto te ayudará a que lleves un registro.
6.Impuestos: Según Sunat, el alquiler
de un inmueble pertenece a la renta de primera categoría, por ello el
propietario debe pagar el 5% del monto total del alquiler, mensualmente.
Una vez que hagas todo esto, tendrás
la tranquilidad de que las condiciones que has establecido se cumplirán al pie
de la letra.
Recuerda que no debes quedar nada de
manera verbal, todo debe de ir redactado, cada detalle, dentro de un contrato.
Escrito por Gerizim Inmobiliaria
agosto 27, 2015

La mejor forma de evitarse problemas con sus
Inquilinos es verificar los datos de el y de su conjugue si este es casado,
ademas saber cuantas y quienes son las personas que habitaran por el plazo que
se establece en ese Contrato, ello evitara cesiones a terceros. Es recomendable
que el Contrato se firme por el matrimonio contratante (Inquilinos) y este solo
se podrá firmar si se cuenta con los depósitos de garantía y ademas la firma en
el, del Garante Comercial o particular debidamente verificado el que ostentara
los poderes de la empresa que representa para ese fin. Todas las firmas claro
serán debidamente Legalizadas…Fernando Ugarte “Banco Inmobiliario Peru” Sac
telf. 992038438..
¿CUÁLES SON LOS RIESGOS TRIBUTARIOS POR TENER INQUILINOS MOROSOS?
Especial TU DINERO. Existe un
tratamiento tributario diferente si el dueño del local es una empresa o una
persona natural. Mientras la primera puede deducir el pago como cuenta
incobrable, el segundo no
Gestión conversó con el tributarista
Rolando Cevasco del estudio Grau abogados, sobre los distintos efectos
tributarios respecto del incumplimiento del alquiler de locales o
departamentos.
Las personas naturales domiciliadas
en el país se encuentran sujetas al Impuesto a la Renta de Primera Categoría
(5% tasa efectiva), y por estas rentas deben tributar en el ejercicio en que se
“devengan”, es decir, cuando tienen “derecho” a exigirlas, sea o no que
realmente las cobren, explicó Cevasco.
En el caso de las empresas, cuando
arrienda el inmueble es una relación comercial (tributa el 30% de esas rentas
empresariales), en donde se emiten las facturas correspondientes. Sin embargo,
si tienen un inquilino moroso, puede revertir dicha situación considerando al
alquiler impago como cuenta “incobrables”, y ser usada como gasto deducible
para el pago de su impuesto a la renta.
Así, si una persona natural que es
víctima de inquilinos morosos, tendrá que pagar el impuesto por una renta aun
cuando no perciba el ingreso de la merced conductiva (renta o pago de
arrendamiento), ya que no puede generar esa cuenta “incobrable”.
Esto sería un incentivo perverso,
para que las personas naturales cumplan con el pago de sus obligaciones
tributarias.
Cevasco comentó que en el país,
muchas de las personas que alquilan a terceros no pagan impuestos, porque sus
inquilinos no pagan. Incluso, si desaloja al inquilino, no puede deducir la
cuenta incobrable.
Recomendaciones
La persona natural que arrienda a un
tercero tiene que estar muy alerta frente al incumplimiento del inquilino, ya
que lo primero que debe hacer es resolver el contrato, para no ocasionar el
pago de impuestos, dijo Cevasco.
Esta problemática no es reciente,
hace décadas que las personas naturales se encuentran sujetas a este
tratamiento tributario, por lo que resultaría oportuno modificar la Ley del
Impuesto a la Renta con la finalidad de que las personas naturales tributen por
la renta efectivamente percibida (es decir cuando cobren el alquiler), opinó.
MODELO DE CARTA NOTARIAL DE DESALOJO
La carta notarial de desalojo de
vivienda
La carta de desalojo no deberá ser un
documento muy complejo, más bien, se debe caracterizar por ser bastante claro.
En este documento se deberá indicar,
en primer lugar, la ubicación clara y precisa del inmueble así como la partida
registral del mismo. Luego, se deberán exponer de manera clara y sencilla las
razones por las cuales se solicita la desocupación del inmueble y su posterior
devolución, otorgando un plazo para ejecutar dicha acción.
Luego, tal y como se dijo líneas
arriba, en dicha carta se deberá indicar que en caso de que no se ejecute la
acción solicitada, el propietario se reservará el derecho de ejecutar las
acciones legales correspondientes.
Por último, una vez redactada la
carta, se deberá acudir a una notaría para legalizar la firma y “convertir”
esta carta “común” en una carta notarial.
Carta notarial
Carta de desalojoLIMA, xxxxx
Señor: Juan Pérez Hidalgo
Domicilio: AV XXXX
De mi mayor consideración:
Por intermedio del presente conducto
Notarial le REQUIERO la desocupación y entrega del inmueble de mi propiedad
ubicado en el __________________ jurisdicción del Distrito ________________;
debidamente inscrito en la Partida Registral N° __________ del Registro de
Predios Urbanos de la Oficina Registral de Lima y Callao.
Resulta de su conocimiento que el día
_____________ celebramos un contrato de arrendamiento, fijando expresamente en
una de sus cláusulas un plazo de duración de ___________. En virtud de ello,
usted podrá advertir que a la fecha el contrato ha vencido, razón por la cual
le exijo la entrega del bien de mi propiedad en un plazo de 15 días
En caso de renuencia a desocupar y
entregar el inmueble, procederé a ejercer las acciones legales contra usted y
demás ocupantes ante el Poder Judicial, demandándolo por desalojo por
vencimiento del plazo del contrato, así como la correspondiente acción
indemnizatoria de daños y perjuicios que se puedan generar en mi propiedad.
Sin otro particular me despido de
usted.
Atte. . xxxxx
Escrito por Gerizim Inmobiliaria
NUEVO MODELO DE CONTRATO PARA EVITAR INQUILINOS MOROSOS
¿Inquilinos morosos? Conoce la nueva
ley que defiende a propietarios
Nuevo contrato ante inquilinos
morosos
Modelo de carta notarial de desalojo
¿Cuáles son los riesgos tributarios
por tener inquilinos morosos?
Conste por el presente documento
privado, el Contrato de Arrendamiento que celebran, de una parte,
EL ARRENDADOR- PROPIETARIO:
Doña ……………con DNI…………… domiciliada en
…………..y de la otra parte
EL ARRENDATARIO- INQUILINO:
Don ……………. con DNI ……………..
domiciliado en …………………
en los términos y condiciones
señaladas en las siguientes cláusulas:
Objeto del contrato:
CLAUSULA PRIMERA: EL ARRENDADOR da en
alquiler a EL ARRENDATARIO el inmueble de su propiedad, sito en …………………… y los
bienes muebles que se detallan en el Anexo 1: “Inventario de Muebles”, que
forma parte del presente contrato.
Duración del Contrato:
CLAUSULA SEGUNDA: El plazo de
duración del arrendamiento será por un año forzoso, y comenzará a partir del 01
de mayo del 2014 y terminará el 30 de abril del 2015 sin necesidad de aviso
previo.
El Contrato podrá renovarse a su
vencimiento, si ambas partes están de acuerdo, para lo cual EL ARRENDATARIO
deberán informar a EL ARRENDADOR de su deseo de renovar el contrato, por
escrito con una anticipación no menor de treinta (30) días calendarios a la
fecha prevista para la renovación, debiendo constar ésta de documento escrito.
Queda prohibido el subarrendamiento,
cesión o traspaso del inmueble.
La Renta Mensual:
CLAUSULA TERCERA: La renta mensual se
fija en la suma de ………..(indicar la cantidad en números y letras ya sea soles o
dólares ) que será pagada por EL ARRENDATARIO en forma adelantada, sin
necesidad de requerimiento ni cobranza previa.
Del uso del Inmueble:
CLAUSULA CUARTA: EL ARRENDATARIO se
obligan a destinar el inmueble bajo este contrato exclusivamente a casa –
habitación ( puede ser Local comercial)
Del Pago de Impuestos y Servicios:
CLAUSULA QUINTA: Será de cuenta
obligatoria de EL ARRENDATARIO pagar puntualmente los recibos y gastos que se
generen a partir de la fecha del inicio del arrendamiento del inmueble materia
del presente contrato, comprometiéndose al pago de los Arbitrios Municipales ,
así como al consumo de energía eléctrica, agua, desagüe, teléfono, gas,
televisión por cable, Internet.
Será de cuenta de EL ARRENDADOR el
pago del Impuesto Predial, y cualquier otro impuesto, tributo creado o por
crearse, que graven directamente la propiedad inmueble.
De las Modificaciones al Inmueble:
CLAUSULA SEXTA: EL ARRENDATARIO no
podrán modificar o alterar los bienes arrendados, ni afectar la estructura o
los acabados. Cualquier mejora o cambio que desee realizar deberá tener la
autorización escrita de EL ARRENDADOR, quedando, de ser realizada, como parte
del bien, sin desembolso posterior de EL ARRENDADOR.
Del Pago de la Garantía:
CLAUSULA SEPTIMA : En garantía del
fiel cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones materia de este
contrato, EL ARRENDATARIO entrega a EL ARRENDADOR, a la firma del presente
contrato, la suma equivalente a …… rentas mensuales
Dicha suma no podrá ser imputada al
pago de la renta y/o penalidades, mientras EL ARRENDATARIO se encuentren en uso
de los bienes arrendados, y será devuelta sin intereses al vencimiento del
plazo del contrato, una vez que EL ARRENDATARIO hayan acreditado el pago de
todas sus obligaciones y dejado el inmueble y muebles arrendados, y EL
ARRENDADOR haya comprobado el estado de éstos, los cuales deberán encontrarse
en las mismas condiciones en las que les fueron entregados, salvo el deterioro
del uso normal y cuidadoso. La garantía servirá para cubrir total o
parcialmente el pago de las obligaciones incumplidas por EL ARRENDATARIO.
De la Cláusula de Allanamiento Futuro
CLAUSULA OCTAVA:De conformidad al
art. 5º de la Ley Nº 30201 que modifica el art. 594º del Código Procesal Civil,
LOS ARRENDATARIOS se allanan desde ya a
la demanda judicial para desocupar el inmueble por las causales de vencimiento
de contrato de arrendamiento o por incumplimiento del pago de la renta de 2
meses y quince días. acuerdo a lo establecido en el art. 330º y siguientes del
Código Procesal Civil.
De las Divergencias y Controversias:
CLAUSULA NOVENA: Ambas partes
conviene que cualquier aspecto controvertido o divergente será de competencia
de los Jueces y Tribunales de Lima.
En señal de conformidad con la
totalidad de las cláusulas del presente contrato, ambas partes suscriben este
documento por duplicado, cada uno de los cuales se considera como original, en
la ciudad de Lima, a los 01 días del mes de agosto del 2014.
FIRMAS LEGALIZADAS NOTARIALMENTE O
POR JUEZ DE PAZ EN LUGARES DONDE NO HAYA NOTARÍA.
———————————————- ——————————————–
EL ARRENDADOR EL
ARRENDATARIO
Escrito por Gerizim Inmobiliaria
COMENTARIOS
1.
Victor Manrique León
agosto 25, 2015

SERA POSIBLE SE DE CUMPLIMIENTO A LAS CLAUSULAS COMO LA OCTAVA,POR QUE
HAY TANTO ARRENDATARIOSINVERGUENZA.QUE NO QUIEREN PAGAR Y TAMPOCO ABANDONAR EL
PREDIO,Y USAN A JUECES CORRUPTOS CREANDO ARTIMAÑAS PARA NO ABANDONAR LA CASA.
‘???
agosto 26, 2015

Tenemos que confiar en nuestros jueces y en caso de
que hayan problemas ir a las instancias superiores. Al menos es un buen avance
que este la ley presente
agosto 27, 2015

Soy un experto en negocios inmobiliarios y manejo
una empresa dedicada a ese ramo y puedo opinar con la experiencia de 30 años a
mi favor y digo, que el Contrato que se presenta no esta completo así como lo
tibio de las clausulas que expone, ello no favorecería al Propietario en un
posible litigio. Ademas el arriendo de una propiedad pasa por varias facetas
antes de ser firmado el Contrato, como la verificación de los datos del posible
Inquilino, y un actor que juega un papel sumamente importante que no se menciona
cual es El Garante Comercial que forma parte integral del Contrato, el que
tiene que ser también investigado. Un Saludo Luis Fernando Ugarte, Banco
Inmobiliario Perú sac Telf 992038438.-
agosto 27, 2015

Gracias Fernando, como veras hay otro modelo sobre
el mismo tema. Nuestro objetivo es dar herramientas para que los corredores o
individuos estén informados, eso es mas que nada la base del blog, ofrecer la
mayor información posible a fin de que las personas tengan todos los recursos
para realizar las transacciones respectivas… Muchas gracias por tu aporte
agosto 27, 2015

Soy un experto en negocios inmobiliarios y manejo
una empresa dedicada a ese ramo y puedo opinar con la experiencia de 30 años a
mi favor y digo, que el Contrato que se presenta no esta completo así como lo
tibio de las clausulas que expone, ello no favorecería al Propietario en un
posible litigio. Ademas el arriendo de una propiedad pasa por varias facetas
antes de ser firmado el Contrato, como la verificación de los datos del posible
Inquilino, y un actor que juega un papel sumamente importante que no se
menciona cual es El Garante Comercial que forma parte integral del Contrato, el
que tiene que ser también investigado. Un Saludo Luis Fernando Ugarte, Banco
Inmobiliario Perú sac Telf 992038438.-
agosto 27, 2015

Al contrario Gracias a Uds por permitirme opinar y
así abrir un poco los ojos a aquellas personas que no están enteradas del
tema…Fernando Ugarte Ch
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