Congresista y vocera del Frepap, María
Cespedes. (Foto: LUIS JULIÁN)
La bancada del Frente Popular Agrícola
FIA del Perú (Frepap), a través de su vocera y congresista María Céspedes,
presentó el Proyecto de Ley 5507/2020 que crea el Sistema Integral de
Pensiones. Según detalla el documento, «todas las personas desde su nacimiento
contarán con una Cuenta de Ahorro Previsional a su nombre, asociada a su número
de Documento Nacional de Identidad DNI y adscrita a una de las instituciones
autorizadas para gestión de los fondos previsionales».
Así mismo, se propone crear la
Superintendencia Nacional de Pensiones (Sunapen) como «una institución de
derecho público con autonomía funcional, encargada de supervisar el correcto
funcionamiento del sistema pensionario».
El PL contempla también que el 2% del
IGV de cada compra que realice el afiliado a lo largo de su vida el cual se
depositará a la cuenta de ahorro. También el Estado aportará un Bono
Previsional al Recién Nacido que sería depositado en la Cuenta de Ahorro
Previsional de cada niña o niño equivalente al 12% de una UIT a condición que
sus padres se comprometan hacer lo propio en un plazo de 5 años y los contribuyentes
podrán destinar en favor de su Cuenta de Ahorro Previsional hasta el 30% del
Impuesto a la Renta que les corresponda pagar en el ejercicio fiscal
correspondiente.
En tanto, la Superintendencia Nacional
de Pensiones «encargará la gestión e inversión de los ahorros previsionales a
los Gestores de Carteras de Inversión GCI (que reemplazarán a las AFP) mediante
una licitación internacional pública y abierta, garantizando una rentabilidad
mínima a los afiliados».
«Se crea un Fondo de Pilar Solidario
FOPIS con la finalidad de contar con los recursos necesarios para completar los
aportes de los afiliados y hacer posible la pensión mínima universal. El Fondo
estaría constituido por el actual Fondo Consolidado de Reservas Previsionales
(FCR) creado mediante Decreto Legislativo N° 817, el nuevo aporte de los
empleadores del 2% de la planilla, el 10% del Canon Minero, Hidroenergético,
Gasífero, Pesquero, Forestal y Petrolero, así como todos recursos provenientes
de la incautación de bienes y pérdida de dominio dispuesta por el decreto
legislativo 1104, como consecuencia de los delitos de tráfico ilícito de
drogas, terrorismo, secuestro, extorsión, etc», detalla el documento.


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