PARA CONOCER A FONDO LOS PROBLEMAS QUE ESTA OCURRIENDO EN NUESTRA COMUNIDAD TAHAUNTINSUYANA.
1. Los regidores de Independencia
efectivamente por la forma que trabaja la Administración Municipal no conocen
los detalles de la Iniciativa privada, está fue presentada y sustentada a por
lo menos diez gerentes de la Municipalidad de Independencia según se desprende
del Acta de dicha Reunión y que hoy obra en nuestro poder a solicitud de la
Comunidad en base a la Ley de Transparencia.
2. Asimismo en la documentos alcanzados
por la Municipalidad se puede observar que la consulta ciudadana debió
solicitar la participación de la ONPE, cosa que no se cumplió.
3. La Resolución de admisión a trámite
también establece que el área donde se intenta desarrollar la INICIATIVA
PRIVADA requiere de Cambio de Uso ya que el objeto fundamental de dicha
iniciativa son las edificaciones (de centros comerciales y vivienda).
4. Se supone que dicho proyecto debe ser
archivado porque en la consulta vecinal solo votaron por el SI 171 personas
(que no se saben si son propietarios, golondrinos o inquilinos) de un universo
de 4,500 propietarios y 42,000 electores. La mayor parte de los pobladores
(Propietarios y pobladores están en contra del Proyecto).
5. La Asamblea Pública convocada por la
casa matriz, la ASOCIACIÓN DE PROPIETARIOS DE LA URBANIZACIÓN DE TAHUANTINSUYO,
que preside el Sr. José Tapia Morales para el periodo 2016-2017 de nuestra
Urbanización, se llevó a cabo este Domingo 17 de Julio a las 9.00 am en la
"ALAMEDA DE LOS INCAS", cuyo objetivo principal: Es intentar acercar
mucho más a sus autoridades locales con la población para discutir en extenso,
el tema y retornar a la calma en pro del desarrollo del Distrito, Y EN ESPECIAL
DE NUESTRA URBANIZACIÓN POPULAR TAHUANTINSUYO.
6. La Ley Marco de Promoción de la
Inversión Privada establece como norma fundamental, que los proyectos deben de
ser consultados y concordados con los directamente involucrados en las área de
influencia de dichos proyectos, esto nos da un margen de seguridad de que no
será posible intentar IMPONERNOS el proyecto en contra de la voluntad de la ciudadanía
y menos ejecutar un proyecto inviable por su concepción (ya que no se trata de
una obra de Infraestructura Pública y/o de servicio público sino
fundamentalmente privada) e ilegal porque contraviene el carácter de
intangibilidad, inalienable e imprescriptibles de las áreas verdes.

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