jueves, 23 de abril de 2020

LA FACTIBILIDAD CONSTITUCIONAL Y LEGAL DE UNA MEDIDA INTERNA DE AISLAMIENTO SOCIAL OBLIGATORIO EXCEPCIONAL Y TRANSITORIA CON IMPLEMENTACIÓN DE TELETRABAJO






a.      Conforme  lo  argumentado  a  lo  largo  del  ítem  2.3.  del  presente Informe, el Poder Judicial es, repetimos, lo suficientemente autónomo e independiente desde el punto de vista constitucional para disponer, a través de su Consejo Ejecutivo, la aplicación de una medida interna excepcional y transitoria de aislamiento social obligatorio con implementación de teletrabajo.


b.      La aplicación de una medida como la señalada en el párrafo precedente parecería ser la medida más adecuada a ser implementada en el Poder Judicial  dadas  las condiciones actuales  de  escalada  geométrica  de contagio e infección de la enfermedad producida por el COVID-19 en el Perú.

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